Falacias sobre el coste de los deportistas
José M. Domínguez
El deporte profesional ofrece múltiples supuestos en los que puede ponerse a prueba el análisis económico, así como situaciones en torno a las que, en no pocas ocasiones, se generan determinadas falacias. Por la confluencia de numerosos y, a veces, complejos factores, el cálculo del verdadero coste de las contrataciones para los clubes está especialmente abonado en tal sentido.
La consideración de los derechos de traspaso de jugadores ofrece uno de los casos más interesantes. A tenor de su importancia creciente y de su uso cada vez más generalizado, parece oportuno realizar, al menos, algunas reflexiones al respecto. Como es bien sabido, las cláusulas de desvinculación son mecanismos de defensa utilizados por los clubes que poseen los derechos sobre los contratos de jugadores, a fin de dificultar su marcha a otros clubes y, en caso de que ésta se produzca, garantizarse una compensación económica. ¿Cómo incide el establecimiento de tales cláusulas?
Hay varias cuestiones que se plantean para el club contratante. De entrada, si la contratación se lleva a cabo en esos términos, el coste del jugador ascendería anualmente (sin tener en cuenta otras cargas: comisión por intermediación, cotizaciones a la seguridad social, otras prestaciones...) a 833.333 euros (500.000 euros de salario, más una tercera parte de la compensación a pagar al club de origen, cuyo monto total debe repartirse entre los años de duración del contrato). Si ésta es la situación, el club contratante estaría soportando íntegramente la carga de la compensación, sin que el jugador se viera afectado en sus emolumentos.
¿Qué tendencias podrían desarrollarse en el mercado? Si hay disponibles otros jugadores (de características similares) no sujetos a cláusulas indemnizatorias, cabría esperar que el salario del jugador sujeto a éstas se viese ajustado a la baja. No obstante, si los clubes demandantes están dispuestos a incorporar la compensación como un coste más (quizás ante la expectativa de una posible recuperación futura o por considerarlo un coste fijo ineludible), los salarios de los jugadores sin cláusula podrían elevarse sustancialmente.
En la práctica, no es infrecuente que, por el hecho de centrarse la demanda en jugadores concretos, la compensación a pagar se vea como un componente de coste totalmente desconectado del resto y, en consecuencia, no tenido en cuenta, o sólo parcialmente, cuando se comparan distintos jugadores.
Como se ha señalado, no es baladí el que se pueda percibir en el futuro alguna compensación por la salida del deportista ahora contratado (en cualquier caso, estará sujeta a riesgos individuales y de mercado), pero eso no debería evitar responder a las preguntas clave: ¿Cuánto se estaría dispuesto a pagar por el jugador en cuestión en el supuesto de que no estuviera sujeto a derecho de traspaso? ¿Podría, con el importe del coste total (salarial y compensatorio), contratarse a un jugador alternativo con unas mayores prestaciones deportivas potenciales?
En definitiva, como ocurre siempre que se establece una carga por uno de los intervinientes en un mercado, alguien acaba soportándola. En el ejemplo considerado, el jugador, el club contratante o ambas partes, en función de su fuerza relativa. El resultado concreto dependerá, como sucede en todos los mercados, de las alternativas reales disponibles para oferentes y demandantes.






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